ORGANIGRAMA

La Junta Directiva de COLCOME estará integrada por siete (7) vocales, cinco (5) en representación de los Miembros de Número, uno (1) en representación de los Miembros Correspondientes y uno (1) en representación de los Miembros Adherentes; y por el Presidente y Vice-presidente electos de COLCOME.  Cada vocal tendrá su respectivo suplente que será elegido por la Asamblea.
 
ELECCION DE SUS MIEMBROS 
La Junta Directiva será elegida por la Asamblea por el sistema de mayoría simple mediante votación secreta y previa inscripción de las respectivas planchas.
 
REQUISITOS PARA ASPIRAR A MIEMBRO DE LA JUNTA DIRECTIVA 
Para ser miembro de la Junta Directiva y en concordancia con estos estatutos se requiere:
a)     Paz y salvo con la tesorería del Colegio.
 
PERIODO 
El periodo de los miembros de la Junta Directiva será de dos (2) años.  Podrán sus integrantes ser reelegidos en el mismo cargo a excepción del presidente y vicepresidente cuya reelección se rige acorde a los artículos 55 y 59 respectivamente.
 
AUSENCIAS DE MIEMBROS DE JUNTA DIRECTIVA 
La ausencia definitiva de uno de los miembros de la Junta Directiva hará necesaria una asamblea general extraordinaria para nombrar su sucesor.  

FUNCIONES DE LA JUNTA DIRECTIVA  

  • Dar al Colegio la orientación que le corresponde de acuerdo con los fines para los cuales fue creado.

  • Administrar y cuidar los bienes del Colegio.

  • Aprobar las cuentas rendidas por el Secretario-Tesorero antes de someterlas a las consideraciones de la asamblea.

  • Estudiar y aprobar el informe que rinda el presidente antes de someterlo a las consideraciones de la Asamblea.

  • Elaborar el calendario de actividades semestral o anualmente.

  • Autorizar los gastos.

  • Planear y realizar los eventos nacionales o internacionales.

  • Presentar a la consideración y aprobación de la Asamblea los candidatos que hayan llenado los requisitos exigidos en el presente estatuto para su ingreso o ascenso.

  • Designar a los empleados administrativos autorizados por la Asamblea.

  • Convocar a las Asambleas Generales.

  • Velar porque los miembros cumplan a cabalidad con los estatutos y las obligaciones que les compete.

  • Aplicar las sanciones a los miembros de COLCOMEde acuerdo a lo establecido en los estatutos.

  • Presentar a la Asamblea proyectos de reformas a los Estatutos.

  • Fijar la fecha y lugar del Congreso Nacional y cursos de educación continuada, así como organizarlos.

  • Elegir al Director de la Revista de COLCOME y fijar sus honorarios.

  • Asumir las demás funciones que le sean encomendadas por la Asamblea.