MIEMBRO ADHERENTE

  • Para aspirar a ser Miembro Adherente, el aspirante debe ser Médico general o especialista con entrenamiento en programas en Medicina Estética, con una duración igual o superior a 200 horas, certificados por una Institución de Educación Superior nacional o extranjera.
     
    Para ser nombrado Miembro Adherente deberá, además ser propuesto por no menos de tres (3) Miembros Honorarios o de Número ante la Junta Directiva, ser presentado por la Junta Directiva a la Asamblea y ser aprobado el nombramiento por las dos terceras partes de los asistentes con derecho a voto a la Asamblea de COLCOME en la cual se realice la votación.
     
    Los Miembros Adherentes tendrán los siguientes deberes y derechos.
     
  • Asistir a las reuniones de COLCOME.

  • Tener voz y no voto en la Asamblea.

  • Formar parte de las comisiones que COLCOME cree, exceptuando aquellas que se constituyan para calificar ingreso o ascenso de Miembros.

  • Asesorar a la Asociación cuando su Junta Directiva lo considere oportuno.

  • Llevar la representación de  COLCOME cuando ésta o su Junta Directiva o su Presidente los designen.

  • Pagar la cuota de ingreso y las cuotas ordinarias anuales y extraordinarias.

  • Comprometerse con el colegio a respaldar las decisiones que sean tomadas por la Asamblea o por la Junta Directiva, para salvaguardar los intereses de COLCOME y los gremiales de los miembros.